RESPUESTAS A LAS PREGUNTAS DEL BOLETÍN Nº 39

DE AEROLEY

ATENCIÓN: NO LEER ANTES DE HABER TRATADO DE RESPONDER A LAS PREGUNTAS.

Las preguntas están incluídas en la página 14 del Boletín AEROLEY, Nº 39

1. ¿Puede el Operador reducir por su cuenta el descanso mínimo reglamentario de la tripulación?

D - La C, pero si toda la tripulación está de acuerdo (C - Sí, pero si el descanso se inicia tras un incremento de actividad por causas imprevistas.)

2. ¿En el caso de que un TCP se encuentre físicamente muy fatigado, continúe volando sin advertírselo a nadie y cometa errores reiterados que causen perjuicio a pasajeros, puede ser sancionado el Comandante?

A - Puede ser sancionado el TCP por haber violado la obligación de no volar en esas circunstancias (art- 34, 4ª de la LSA). En el caso de que el Comandante lo sepa, está obligado a prescindir de este TCP para cubrir emergencias, dando conocimiento a la Compañía del caso y solicitando un relevo.

3. ¿Qué plazo tiene la Administración aeronáutica para resolver un expediente sancionador y notificarlo?

C - Dieciocho meses en los expedientes graves y muy graves (art. 65 de la LSA)

4. ¿Se puede aplicar ahora la Circular Operativa 16 B en operaciones de Transporte Aéreo
Comercial?

B - Sí, en parte, pues la Subparte Q no regula todos los supuestos

5. ¿Al llegar al avión, el Copiloto comprueba que la luz de iluminación para detectar la formación de hielo no funciona. La MEL no dice nada al respecto y van a volar en zonas de engelamiento. El antihielo funciona perfectamente. ¿Pueden salir?

A - No, pues así lo establece la OPS 1.675, b/

6. Dice el art. 21 de la Ley de Seguridad Aérea que la ejecución de la inspección en materia de aviación civil corresponde al Ministerio de Fomento. ¿Podría un Inspector de Trabajo intervenir
en caso que descubra que no se han cumplido los límites de actividad?


B - Sí puede hacerlo, pues así lo establece la normativa laboral. Viene regulado en el Real Decrero 294/2004 que por el que se modifica el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, en lo relativo al tiempo de trabajo en la aviación civil.